Te contamos las distintas leyes que están vigentes para obtener tu nacionalidad española
Tanto el padre como la madre puede transferir a sus hijos menores de 18 años la nacionalidad española. Para ello es indispensable que el hijo sea menor de 18 años al momento de solicitar la nacionalidad y que el padre o la madre ya cuenten con su nacionalidad española.
Para comenzar el trámite es necesario:
Aproximadamente 1 año.
Según la Ley 12/2015 sobre concesión de nacionalidad española para descendientes de sefardíes la nacionalidad la puede solicitar cualquier persona que pueda probar su descendencia de los judíos expulsados de españa.
La ley estuvo vigente desde el 01/10/2015 al 01/10/2019, quien no tenga su solicitud abierta antes de ese período no podrá solicitar la nacionalidad por origen sefardí.
Según la Ley 12/2015 el Ministerio de Justicia debe expedirse dentro de los 12 meses desde recepción del acta notarial y los informes de organismos correspondientes.
Sí, la ley exige que el solicitante debe comparecer de forma presencial ante el notario para la firma del acta correspondiente. Quedan exentos los menores de 18 años, personas con capacidad modificada. El 13 de mayo de 2020 salió esta circular en la que mencionan que extienden la posibilidad de rendir el examen y viajar hasta agosto de 2021 (01/09/2021). Sumado a que personas en situación vulnerable quedan exentas de viajar siempre que cuenten con una autorización de la Directora General de Seguridad Juridica y Fe Pública.
Por el momento no está vigente la ley, pero podés contactarte con nosotros para que apenas salga publicada la ley te informemos al respecto. * Actualización se espera que durante 2021 se vote una nueva ley.
Podés agendar una entrevista para conocer del proceso, los tiempos, la documentación necesaria